Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación

Autor: Karen Perez

Creación: 07/12/2022


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1. ¿Qué utilidad tienen las tablas de correlación?

Permiten identificar los cambios derivados de la actualización a la Tarifa de la Nueva LIGIE. En otras palabras, te permite conocer cuál será la fracción arancelaria correlativa a la que actualmente utilizas.

Las correlaciones pueden ser:

     Única: La fracción arancelaria (vigente) se correlaciona a una sola fracción arancelaria (de la nueva TIGIE).

    Múltiple: La fracción arancelaria (vigente) se correlaciona con dos o más fracciones arancelarias (de la nueva TIGIE).

2. En el supuesto de una correlación múltiple, ¿qué fracción arancelaria debo considerar para mi mercancía?

Una correlación múltiple ocurre cuando el conjunto de mercancías que se clasificaban en la fracción arancelaria vigente se dividen en dos o más fracciones arancelarias, por lo que deberás revisar la partida, subpartida y número de identificación comercial para obtener la que describa a la mercancía objeto de la operación. Sugerimos consultes a tu agente aduanal para una opinión profesional.

3. Si actualmente cuento con una autorización (licencia, permiso, etc.) vigente, y su fin de vigencia es posterior al 12 de diciembre de 2022 ¿requiero solicitar a la autoridad que me reexpidan el documento con la nueva fracción arancelaria?

No deberás realizar ninguna actividad adicional, podrás utilizar tu autorización hasta su vencimiento, en los términos en que fue expedida, siempre y cuando la descripción de las mercancías señaladas en la misma coincida con las presentadas ante la autoridad aduanera.

4. Si actualmente cuento con un certificado de cumplimiento con norma oficial mexicana de seguridad, ¿debo acudir al Organismo de Certificación a solicitar la reimpresión con la nueva fracción arancelaria?

No; podrás utilizar el certificado en los términos en los que fue expedido, siempre y cuando el Organismo de Certificación lo transmita al Sistema Normas-Aduanas antes las 18:00 horas de 9 de diciembre de 2022.

5. Si la mercancía ingresó al país previo al 12 de diciembre de 2022, ¿cuál es la fracción arancelaria a declarar en el layout relativo a normas oficiales mexicanas de información comercial?

A partir de 12 de diciembre de 2022 los folios deben contener la nueva fracción arancelaria (TIGIE vigente), independientemente de la fecha de entrada de las mercancías al país.

6. Para efecto de los trámites que se realizan ante la Secretaría de Economía, ¿qué día se reanudan los plazos, y términos?

Las fechas de cierre y apertura de sistema se pueden consultar en el micrositio de 7ma enmienda – Implementación

(https://www.snice.gob.mx/cs/avi/snice/ligie.7maenmienda.implementacion.html


* Esta información es obtenida de la sección "Preguntas y Respuestas" del portal del SAT , en caso de dudas consultar fuentes oficiales.